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Recordemos que en la aprobación de la Reforma Fiscal, en la que se incluye en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Código Fiscal de la Federación (CFF) la obligación de los patrones es emitir los recibos de nóminas como Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) a partir de 2014.
Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (L-ISR)
Capítulo I “De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado”, se establece en la fracción tercera del artículo 99 la obligación de los patrones de expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación, los cuales podrán utilizarse como constancias o recibo de pago para efectos de la legislación laboral.
Artículo 29, primer párrafo y 29-A, penúltimo párrafo del CFF
- Los contribuyentes que efectúen retenciones, deberán de expedir CFDI por dichas retenciones.
- El propósito es contar con toda la información a través de estos medios.
- Los comprobantes que amparen la retención de contribuciones, deberán de cumplir con los mismos requisitos que un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI).
Por lo anterior ponemos a tu disposición la siguiente dirección, para que solicites todos tus recibos de nómina timbrados del ejercicio actual y descargarlos:
businessRecibos CFDI